| Trabajo
en tensión: trabajo durante el cual un trabajador entra
en contacto con elementos en tensión, o entra en la zona
de peligro, bien sea con una parte de su cuerpo o con las herramientas,
equipos, dispositivos o materiales que manipula. No se consideran
como trabajos en tensión las maniobras y las mediciones
ensayos y verificaciones definidas a continuación.
El trabajo en tensión
solamente pueden realizarlo «trabajadores cualificados»
especialmente entrenados para ello y utilizando equipos, materiales
y según un método y procedimientos de trabajo que
aseguren su protección frente al riesgo eléctrico,
de acuerdo con las disposiciones del Anexo III de este Real Decreto.
Real Decreto 614/2001,
de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección
de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
|