Disposición
adicional cuarta. Coordinador de seguridad y salud.
Las titulaciones
académicas y profesionales habilitantes para desempeñar
la función de coordinador de seguridad y salud en obras
de edificación, durante la elaboración del proyecto
y la ejecución de la obra, serán las de
arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico,
de acuerdo con sus competencias y especialidades.
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