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Buenas, a ver qué opinais de esta discusión que tenemos en la oficina: en la empresa en la que yo trabajo, un SPA, hago algunos trabajos como CSS. Bien, voy a llevar una obra, y es una compañera mía la que se encarga de la redacción del PSS. El arquitecto nos ha pasado el ES, muy bonito, completo, y tal... el caso es que respecto al tema de los cerramientos (se va a hacer con piedra) el arquiecto al redactar el estudio incluía unos andamios perimetrales, pero resulta que el proceso constructivo del cerramiento no es desde los andamios, desde el exterior (como sería por ejemplo la colocación de un recubrimiento de piedra) sino que la empresa que lo va a llevar a cabo trabaja desde el interior, tanto el promotor como la contrata dicen que no es necesario el andamio (vamos, que no lo ponen ni de coña), ya que el proceso se realiza de forma segura, en el forjado, qutando la barandila en la zona de trabajo y utilizando arnés de seguridad... vamos, que entienden el andamio como un medio auxiliar que no es necesario en este caso, y sin embargo, mi compañera opina que el andamio es una protección colectiva, y que no incluírlo en el PSS sería una merma en las condiciones de seguridad del ES (Vamos que n firma el PSS). Yo creo que debido a las características del proceso está justificado el cambio, aunque tengo mis dudas... vosotros qué opinais? En cualquier caso, ¿podría modificar yo el plan una vez aprobado, justificando esa modificación? |