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[quote:89d5e280de="mariana"]Holaaa chicos, estoy aqui y sigoooo de CSSE.[/quote:89d5e280de] Nos alegra saber que todavia estas vivita y coleando...jejeje. [quote:89d5e280de="mariana"]Tengo una duda: si en vez de PSS sólo disponemos de un informe de evaluación de riesgos, es obligatorio el Libro de Incidencias?[/quote:89d5e280de] El libro de Incidencias te lo debe de proporcionar si no recuerdo mal la administración publica para la que trabajas y aunque quizás magisan pueda decirte que en Alicante te entregan el libro despues de visar el plan de seguridad en otros lares lo unico que tienes que hacer es pedirlo en tu colegio profesional despues de visarte el ESS. [quote:89d5e280de="mariana"]Otra duda: Si no es una obra de construcción propiamente dicha según RD 1627 sino un contrato de servicios (por ejemplo: jardineros) yo considero que la ley no obliga a la elaboración de PSS, pero yo como CSSE aún así ¿puedo solicitarlo? ¿Considero bien?[/quote:89d5e280de] Vamos por partes, si no es una obra de construcción propiamente dicha, no tienes que basarte en el 1627, quizás en este caso te aplicaría el RD 171/2004 el cual te copio en lo que te atañe... [i:89d5e280de]"3.1 Antes del inicio de la actividad en su centro de trabajo, el empresario principal exigirá a las empresas contratistas y subcontratistas que le acrediten por escrito que han realizado, para las obras y [b:89d5e280de][u:89d5e280de]servicios contratados,[/u:89d5e280de][/b:89d5e280de] la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva, de acuerdo con el artículo 10.2 RD 171/2004. 3.2 Así mismo, el empresario principal exigirá a tales empresas que le acrediten por escrito que han cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servidos en el centro de trabajo, tal y como dispone el artículo 10.2 RD 171/2004. 3.3 Cuando la empresa contratista decidiese subcontratar parte de la obra o servicio encomendado, deberá exigir por escrito al mencionado subcontratista, que acredite haber realizado para las obras y servicios contratados, la evaluación de riesgos y la planificación preventiva, así como el cumplimiento de las obligaciones en materia de información y formación de los trabajadores que prestarán servicios en el centro de trabajo. El empresario principal hará entrega de estas acreditaciones al empresario principal, de acuerdo con el último párrafo del artículo 10.2 RD 171/2004. 3.4 El empresario principal deberá comprobar que las empresas contratistas y subcontratistas concurrentes en su centro de trabajo han establecido los necesarios medios de coordinación entre ellas. El empresario principal deberá vigilar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales por parte de las empresas contratistas o subcontratistas de obras y servicios correspondientes a su propia actividad y que se desarrollen en su propio centro de trabajo."[/i:89d5e280de] Luego no debes de pedir un PSS ya que no aplica pero si todo el resto de documentación que tienes enumerada bien clarita en este RD. [quote:89d5e280de="mariana"]Me podeis contestar hoy? Es que debo ser de los pocos habitantes de España que no tiene ordenador y conexion a internet en casa..[/quote:89d5e280de] A sus ordenes!!!! [quote:89d5e280de="mariana"]Gracias chicos... una cosa: ¿no os habeis planteado colocar la foto de los moderadores en el mensaje? es que cuando lees las respuestas parece que te contesta siempre el mismo.. así se humaniza el foro..[/quote:89d5e280de] Imagina que magisan coloca su foto en el foro...¿que pasaria? Se llenaria el foro de grupis pidiendole su msn para conocerlo mejor...jejeje :lol: :lol: De todas formas, los que somos de la misma zona ya hemos tomado alguna cervecita juntos para vernos el "careto"...de todas formas, podiamos empezar a organizar unas jornadas (kdd) sobre nuestro mundillo... no me importaria madurar la idea. Un saludito Pd. Ah! Espero haberte ayudado un poquito. |