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Hola a todos; Tras remover altas instancias en Industria por el tema del PUENTE GRÚA he obtenido las siguientes soluciones al tema por si alguno os veís en esta situación...el saber no ocupa lugar¡¡¡ 1.- Aunque le aplica la normativa general de aparatos elevadores no existe instrucción técnica específica para este medio, por tanto no se realiza un proyecto de instalación, ni se pasan revisiones ni nada de nada. Es decir, así que NO se pide lo mismo que para grúa torre! 2.- Debe estar el Marcado CE y todo lo que se refiere al montaje, funcionamiento, desmontaje, etc. debe realizarse de acuerdo con las Instrucciones del Fabricante. 3.- Si fueras el CSS de esa parte de la obra se debería controlar el certificado CE (máquina según RD 1435/92; RD 56/95) y un documento firmado por parte de la empresa explotadora conforme la instalación y el funcionamiento se van a desarrollar según las instrucciones del fabricante. Eso es todo, saludos a todos¡¡ |