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Hola Nines, Bajo mi punto de vista, creo que lo fundamental es hacer el anexo al PSS especificando la necesidad de los trabajos nocturnos con sus riesgos, medidas, etc.... Este anexo puede ser presentado en Trabajo, aunque generalmente cuando se hacen anexos al PSS no se tenga pq hacerlo. Respecto al tema del Aviso Previo, pienso que es mas para informar de los actuadores en la obra, empresas contratistas, subcontratistas y autónomos. En el caso de que fueseis a actualizarlo, no estaría de mas que señalaseis que empresa será la que realizará los trabajos nocturnos y durante cuanto tiempo; el contenido del anexo al PSS no debe pq figurar en el aviso previo actualizado. Un saludo. |