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[quote:f92c4993ba="desterrado"][quote:f92c4993ba="acg_24"]HOLA A TODOS OS LANZO ALGUNA PREGUNTA QUE NO TENGO A NADIE QUE ME RESPONDA CON SEGURIDAD. 1.-¿PUEDE EL ALQUILER DE UN PISO SUSTITUIR A UN CASETA DE OBRA? [/quote:f92c4993ba] Si, para oficinas no hay ningún problema. En cuanto a otros usos del piso.... [i:f92c4993ba]"Los lugares de trabajo dispondrán, [b:f92c4993ba]en las proximidades de los puestos de trabajo[/b:f92c4993ba] y de los vestuarios, de locales de aseo con espejos, lavabos con agua corriente, caliente si es necesario, jabón y toallas individuales u otro sistema de secado con garantías higiénicas. Dispondrán además de duchas de agua corriente, caliente y fría, cuando se realicen habitualmente trabajos sucios, contaminantes o que originen elevada sudoración. En tales casos, se suministrarán a los trabajadores los medios especiales de limpieza que sean necesarios"[/i:f92c4993ba] Asi que....depende de la proximidad... ESTA PROXIMIDAD ¿CUAL ES?, ¿500 METROS, 100 METROS? [quote:f92c4993ba="acg_24"]2.-EN CASO AFIRMATIVO, SI EL PISO ESTÁ PRÓXIMO A LA OBRA ¿QUE DOY DE ALTA COMO CENTRO DE TRABAJO, EL PISO O LA OBRA?[/quote:f92c4993ba] La Obra siempre será el centro de trabajo y el piso formará parte del centro de trabajo. Imagina que tienes dado de alta el piso como centro de trabajo...y los trabajadores están haciendo zanjas a 3 km...Paquete al canto. UNA COSA SEÑORES; EN EL CASO DE QUE HAGA USO DE UN PISO EN EL LUGAR DE UNA CASETA DE OBRA PARA LAS OFICINAS, ¿TIENE QUE VENIR CONTEMPLADO EN EL PSS?; SI EL PISO NO ESTÁ PRÓXIMO A LA OBRA, EL CONTRATISTA LE DA DE ALTA COMO CENTRO DE TRABAJO ¿CON QUE ACTIVIDAD, SI SE VA A USAR COMO OFICINA? [quote:f92c4993ba="acg_24"]3.-PARA LA INSTALACIÓN DEL LAS CASETAS DE LAS OBRAS TENGO QUE TENER EN CUENTA EL NÚMERO DE TRABAJADORES QUE APARECE EN EL RD 486/1997 LUGARES DE TRABAJO...SI NO TENGO LA CASETA DE OBRA PORQUE LA HE SUSTITUIDO POR UN PISO, ¿TENRÍA QUE TENER LOS ASEOS CORRESPONDIENTES EN EL PISO O LAS PODRÍA INSTALAR EN LA OBRA? SALUDOS CAMARADAS[/quote:f92c4993ba] Depende.... [i:f92c4993ba]"Si los locales de aseo y los vestuarios están separados, la comunicación entre ambos deberá ser fácil"[/i:f92c4993ba] Y aqui "facil" no se entiende que debas cojer un coche...(entiendo yo) Y por otro lado..."[i:f92c4993ba]Los lugares de trabajo dispondrán de retretes, dotados de lavabos, situados en las proximidades de los puestos de trabajo, de los locales de descanso, de los vestuarios y de los locales de aseo, cuando no estén integrados en éstos últimos"[/i:f92c4993ba] ESpero haberte ayudado...y si eres más explicito...quizás te podamos ayudar más entre todos. ESTA PARTE ME QUEDA CLARA...PERO, ¿DEBE EXISTIR POR LEY ALGUNA CASETA EN LA OBRA DONDE DEBAMOS TENER PSS, LIBRO DE INCIDENCIAS, LIBRO DE ORDENES... O ESO LO PODRÍA TENER EN EL PISO QUE USO COMO OFICINA?; ESTA ES MI GRAN DUDA. GRACIAS A TODOS Un saludito[/quote:f92c4993ba] |