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Hola Nac, Esa misma cuestión la planteó un inspector de trabajo de Murcia y comentó que efectivamente, si se impartía la formación (aún teniendo externalizado el SPA), se debería someter tal sistema de formación a auditoría. Como ya he comentado en otros post, la opinión de la inspección de trabajo es una mas y no debe generalizarse para toda España. Además, tenemos el problema que comentas, en la misma inspección, dependiendo del inspector y de la delegación, te dirán blanco o negro. Bajo mi punto de vista, no sería necesaria la auditoría externa ya que entiendo que el TSPRL está facultado para impartir dicha formación. Eso sí, la formación consistiría en riesgos/medidas de sus puestos de trabajo; no estoy hablando de formación en PRL nivel básico o superior (esta solo la puede impartir una entidad acreditada para ello). Un saludo. |