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Alemanes

  Hola otra vez. Sal si estos señores van a trabajar en España, tendrán que someterse a la normativa española como hacemos todos. Es decir, vas a tener que solicitarles la misma documentación que a una empresa española, eso sí, su homóloga extranjera: permisos de trabajo, entrega de epis, formación/información, RRMM, SPA, etc... El tema del recurso preventivo, por supuesto que es exigible. Si no saben lo que es, alguien tendrá que explicárselo. De igual modo, la formación e información deberá ser impartida en una lengua que entiendan. Respecto al tema del formato de declaración de RP, sería de este estilo: El Sr. Fulanito de la empresa tal, con DNI tal, se declara RP según especifica la Ley 54/2003 reuniendo los requisitos mínimos establecidos en la citada Ley, etc.... Firmado por su empresa y por el afectado. Un saludo.