DECRETO
33/1999, de 25 de febrero, por el que se crean el Registro y el
fichero manual y el fichero automatizado de Coordinadores de Seguridad
y Salud.
DECRETO 33/1999,
de 25 de febrero, por el que se crean el Registro y el fichero
manual y el fichero automatizado de datos de carácter personal
de técnicos competentes para desarrollar. funciones de
coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción
de la Comunidad de Madrid.
El Real Decreto
932/1995, de 9 de junio, determina el traspaso de funciones y
servicios de la Administración del Estado a la Comunidad
de Madrid en materia de trabajo. asignando, entre ellas, las competencias
atribuidas a la autoridad laboral en el campo de la Prevención
de Riesgos Laborables.
Asimismo, la Ley
31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales,
establece la legislación básica en esta materia
que resulta aplicable en todo el territorio nacional. De acuerdo
con el artículo 6 de dicha Ley, las normas reglamentarias
han de concretar los aspectos más técnicos de las
medidas preventivas, encontrándose entre ellas las destinadas
a garantizar la seguridad y salud en las obras de Construcción.
Por ello, el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, ha venido
a establecer las disposiciones mínimas de seguridad y salud
en dichas obras, determinando al tiempo las obligaciones de los
sujetos en ellas intervinientes, tales como el promotor, el proyectista,
el contratista, el subcontratista y los trabajadores autónomos.
El citado Reglamento
ha venido a trasponer al Derecho Español la Directiva 92/57/CEE,
de 24 de junio, sobre Disposiciones mínimas de Seguridad
y Salud que deben aplicarse en las obras de construcción
temporales o móviles, al tiempo que introduce la figura
del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración
del proyecto y la ejecución de la obra.
Dicho Coordinador
es el técnico competente designado por el promotor e integrado
en la dirección facultativa, encargado de coordinar la
aplicación de los principios de acción preventiva,
tanto en la fase de proyecto, como durante la ejecución
de la obra, respondiendo de la organización, control y
planificación de los trabajos, aprobando el plan de seguridad
y salud elaborado por el contratista y desarrollando las funciones
establecidas en el artículo 9 y concordantes del Real Decreto
1627/1997.
La Comunidad de
Madrid ha considerado las peculiaridades propias del Sector Construcción,
su ritmo incesante de crecimiento así como el papel primordial
que los Coordinadores en fase de proyecto y de ejecución
de obra ostentan para la salvaguarda de la seguridad en las obras,
entendiendo imprescindible su presencia de cara a garantizar la
efectiva aplicación de los principios generales de prevención
recogidos en el artículo 15 de la Ley 31/1995.
Por ello, ha considerado
conveniente la creación de un Registro público de
carácter administrativo dependiente de la Dirección
General de Trabajo y Empleo de la Consejería de Economía
y Empleo, en el que se incluye toda la información relevante
sobre las personas que, de acuerdo a lo establecido en el artículo
2.1 e) y f) del Real Decreto 1627/1997, se consideran como técnicos
competentes y cualificados para ejercer las funciones propias
de Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de
Construcción de la Comunidad de Madrid.
Dada la necesidad
de adecuar el citado Registro a las previsiones de la Ley Orgánica
5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento
Automatizado de los Datos de Carácter Personal y de la
Ley 13/1995, de 21 de abril. de Regulación del Uso de la
Informática en el Tratamiento de Datos Personales por la
Comunidad de Madrid, es preciso establecer normas reguladoras
para la creación de los ficheros que contengan los datos
de carácter personal (identificativos, académicos
y profesionales) relativos a tales técnicos competentes
para desarrollar funciones de coordinación.
De acuerdo con lo
anteriormente expuesto, y en virtud de lo establecido en el artículo
12.4 de la Ley 13/ 1995, de 21 de abril, el presente Decreto ha
sido informado por la Agencia de Protección de Datos de
la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de
Madrid tiene competencias exclusivas en lo que se refiere a su
autoorganización, conforme a lo previsto en el artículo
26.1.1 de su Estatuto de Autonomía. Ley 3/1993, de 25 de
febrero, modificado por la Ley Orgánica 511998, de 7 de
julio, así como competencias ejecutivas en materia laboral,
de conformidad con lo establecido en el artículo 28.1.12
del mismo.
En virtud de todo
lo anterior, y a propuesta del Consejero de Economía y
Empleo, previa deliberación del Consejo de Gobierno de
la Comunidad de Madrid en su reunión del día 25
de febrero de 1999.
DISPONGO
Artículo
1
Adscripción
y Ámbito de aplicación
1. Se crea el Registro
de técnicos competentes para desarrollar funciones de Coordinador
en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción
de la Comunidad de Madrid, adscrito a la Dirección General
de Trabajo y Empleo de la Consejería de Economía
y Empleo de la Comunidad de Madrid.
2. En este
Registro administrativo de carácter público,
se inscribirán las personas cualificadas que pretendan
desarrollar actividades de Coordinador en las obras de Construcción
promovidas por entidades públicas o privadas de la Comunidad
de Madrid.
3. Los promotores
podrán acudir, en Madrid, a este Registro, residenciado
en el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, para
la designación de Coordinadores en las obras incluidas
en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997,
de 24 de octubre, por el que se establecen las Disposiciones Mínimas
de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción, siempre
que ello sea preceptivo de acuerdo al citado Real Decreto, pudiendo
ser uno sólo el Coordinador en ambas fases de la obra.
Artículo
2
Libro de Inscripción
1. El Registro de
técnicos competentes para desarrollar funciones de Coordinador
en materia de seguridad y salud de las obras de Construcción
contará con un Libro de Inscripción cuyo contenido
será público y que se llevará por el sistema
de hojas cambiables o por el procedimiento informático
que lo sustituya. La extensión de los asientos se llevará
de forma sucinta y, en todo caso, contendrá:
El nombre y dos
apellidos, D.N.I., domicilio y teléfono, titulación
académica, descripción de formación en prevención
de riesgos laborales y en coordinación en materia de seguridad
y salud, experiencia profesional en actividades propias del Coordinador
en las obras y estudios y planes de seguridad y salud realizados.
Esta experiencia
quedará consignada a través de la relación
de obras en las que el técnico haya intervenido, especificando
aquellas en que ha finalizado su función, con independencia
de que las mismas continúen en desarrollo.
2. Las inscripciones
en el Registro se practicarán a instancia de persona interesada
a través de la presentación en el Instituto Regional
de Seguridad y Salud en el Trabajo del modelo de solicitud que
se adjunta como anexo.
3. En aquellos
casos en que con ocasión de la recepción de. los
avisos previos a que se refiere el artículo 18 del Real
Decreto 1627/1997, el Instituto Regional de Seguridad y Salud
en el Trabajo compruebe que las personas consignadas en ellos
como Coordinadores en materia de seguridad y salud no se encuentran
registrada, notificará este particular a promotor y técnico
interesados, a los efectos oportunos.
4. Las certificaciones
del contenido del Libro de Inscripción sólo podrán
versar sobre cuestiones relacionadas con la persona del técnico
en su consideración de Coordinador en materia de seguridad
y salud.
5. El técnico
competente para desarrollar funciones de Coordinador en obra,
deberá comunicar al Instituto Regional de Seguridad y Salud
en el Trabajo las modificaciones producidas sobre los datos inscritos.
Asimismo, podrá solicitar la baja en el Registro, lo que
llevará aparejada la cancelación de la inscripción
y el cierre de la hoja registra¡, practicándose el
asiento que al efecto correspondiere.
6. La información
recogida en el Registro estará sujeta a las estipulaciones
contenidas en la Ley 13/1995, de 21 de abril, modificada por la
Ley 13/1997, de 16 de junio, reguladora del uso de la informática
y el tratamiento de datos personales por la Comunidad de Madrid.
7. Los datos que
mediante la solicitud de inscripción que se adjunta como
anexo se recojan, se tratarán informáticamente y
se archivarán con el consentimiento del técnico
competente que, como Coordinador en materia de seguridad y salud
en las obras de Construcción, los aporta. Dicho técnico
asume de este modo que tales datos pueden ser puestos a disposición
de las personas físicas o jurídicas interesadas
que lo requieran.
Artículo
3
Creación
de los ficheros
Se crean el fichero
manual y el fichero automatizado de datos de carácter personal
de técnicos competentes para desarrollar funciones de Coordinador
en materia de seguridad y salud en las obras de construcción
de la Comunidad de Madrid, en la Dirección General de Trabajo
y Empleo de la Consejería de Economía y
Empleo, que se relacionan
en Anexo al presente Decreto. La creación de los ficheros
se ajusta a los términos y condiciones fijadas en la Ley
13/1995, de 21 de abril, de regulación del uso de informática
en el tratamiento de datos personales de la Comunidad de Madrid.
Artículo
4
Tratamiento de los
datos de carácter personal
Los datos personales
incorporados a los ficheros se tratarán informáticamente
y se registrarán con el consentimiento del técnico
interesado en aportarlos mediante solicitud de inscripción
en el Registro tramitada al efecto. De este modo, el técnico
asume que tales datos pueden ser puestos a disposición
de las personas físicas o jurídicas interesadas
que lo requieran.
DISPOSICIÓN
FINAL PRIMERA
Se autoriza al Consejero
de Economía y Empleo a dictar cuantas disposiciones sean
necesarias para la ejecución de lo dispuesto en el presente
Decreto.
DISPOSICIÓN
FINAL SEGUNDA
El presente Decreto
entrará en vigor al día siguiente de su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 25
de febrero de 1999.
ANEXO I
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
De acuerdo con lo
establecido en el artículo 32 de la Ley 13/1995, de 21
de abril, solicito mi inscripción en e1 Registro de técnicos
competentes para desarrollar funciones de Coordinador en materia
de seguridad y salud en las obras. de Construcción de la
Comunidad de Madrid.
DATOS DE CARÁCTER
IDENTIFICATIVO
Nombre ...................…………..............................
Apellidos ……….…………………………………………
D.N.I. …………………………………………
(adjuntar fotocopia compulsada)
Calle, avenida,
paseo o plaza: …………………….………………………..,
Código postal: ………………..
Localidad:……………………………………………….Teléfono
de contacto: …………..……………………
DATOS ACADÉMICOS
Y PROFESIONALES
- Titulación
académica: …………………………………………………………………………………………
- Formación
en prevención de riesgos laborales (nivel, especialidad/es):
………………………………..
- Formación
y experiencia como Coordinador en .materia de seguridad y salud.
en obras de Construcción (relación de obras de la
Comunidad de Madrid) ..................................................…….......
- Número
de estudios y planes de seguridad y salud realizados: …………………………………………..
Los datos que mediante
la presente solicitud de inscripción se recogen, se tratarán
informáticamente y se archivarán con el consentimiento
del técnico que los aporta, quien asume que los mismos
pueden ser puestos a disposición de las personas físicas
o jurídicas interesadas que lo requieran.
En Madrid, a ………..
de ………………………………………….
de 1999
Fdo.: ……………………………………………………….
Los datos que se
recogen, se tratarán informáticamente o se archivarán
con el consentimiento del ciudadano, quien tiene derecho a decidir
quién puede tener sus datos, para qué los usa, solicitar
que los mismos sean exactos y que se utilicen para el fin que
se recogen, con las excepciones contempladas en la legislación
vigente.
ANEXO II
FICHERO MANUAL DE
TÉCNICOS COMPETENTES
PARA DESARROLLAR
FUNCIONES DE COORDINADOR
EN MATERIA DE SEGURIDAD
Y SALUD EN LAS OBRAS
DE CONSTRUCCIÓN
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
1. Organo responsable
del fichero: Dirección General de Trabajo y Empleo.
2. Organo ante el
que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación
y cancelación cuando proceda: Instituto Regional de Seguridad
y Salud en el Trabajo.
3. Nombre y descripción
del fichero: Técnicos competentes para desarrollar funciones
de Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de
Construcción de la Comunidad de Madrid. Contener la documentación
generada por el fomento de la actuación de la figura del
Coordinador en materia de seguridad y salud nacida al amparó
del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre Disposiciones
mínimas de seguridad y salud en las obras de Construcción.
4. Carácter
automatizado o manual estructurado del fichero, según criterios
específicos referidos a las personas, que permite acceder
fácilmente a los datos de carácter personal de que
se trate: Manual.
5. Sistema de Información
al que pertenece.
6. Plazo de cancelación
de los datos de carácter, personal: La cancelación
de datos procederá cuando así lo soliciten los interesados
y serán actualizados, al menos, anualmente.
7. Datos de carácter
personal a incluir: Datos de carácter identificativo: Nombre
y apellidos, D.N.I., domicilio y teléfono. Datos académicos
y profesionales: Formación, titulaciones y experiencia
profesional..
8. Descripción
detallada de la finalidad y usos:
a) Finalidad:
Archivar la documentación
generada por el fomento de la profesionalización de las
labores de Coordinador en las obras de Construcción de
la Comunidad de Madrid, impulsando la presencia de Coordinadores
cualificados que apliquen los principios generales de prevención
y contribuyan a mejorar las condiciones de seguridad y salud en
las obras y a reducir los accidentes laborales en la Construcción.
b) Usos:
Se podrá
facilitar la siguiente información a empresas y particulares:
Nombre y apellidos.
Teléfono de contacto.
Domicilio.
Datos académicos y profesionales.
9. Personas o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos
de carácter personal: Técnicos competentes para
desarrollar funciones de Coordinador en materia de seguridad y
salud en las obras de Construcción.
10. Carácter
voluntario u obligatorio de la cesión de los datos del
afectado a la Comunidad de Madrid: Voluntario.
11. Procedencia
y procedimiento de recogida de datos: El técnico interesado
y a través del Registro Público.
12. Órganos
o entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando
de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales
de datos: Ninguna.
FICHERO AUTOMATIZADO
DE TÉCNICOS COMPETENTES
PARA DESARROLLAR
FUNCIONES DE COORDINADOR
EN MATERIA DE SEGURIDAD
Y SALUD EN LAS OBRAS
DE CONSTRUCCIÓN
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
1. Organo responsable
del fichero: Dirección General de Trabajo y Empleo.
2. Organo ante el
que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación
y cancelación cuando proceda: Instituto Regional de Seguridad
y Salud en el Trabajo.
3. Nombre y descripción
del fichero: Técnicos competentes para desarrollar funciones
de Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de
Construcción de la Comunidad de Madrid. Contener la documentación
generada por el fomento de la actuación de la figura del
Coordinador en materia de seguridad y salud nacida al amparo del
Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre Disposiciones
mínimas de seguridad y salud en las obras de Construcción.
'
4. Carácter
automatizado o manual estructurado del fichero, según criterios
específicos referidos a las personas,. que permite acceder
fácilmente a los datos de carácter personal de que
se trate: Automatizado.
5. Sistema de Información
al que pertenece: Conscoor.
6. Plazo de cancelación
de los datos de carácter personal: La cancelación
de datos procederá cuando así lo soliciten los interesados
y serán actualizados, al menos, anualmente.
7. Datos de carácter
personal a. incluir: Datos de carácter identificativo:
Nombre y apellidos, D.N.I., domicilio y teléfono. Datos
académicos y profesionales: Formación, titulaciones
Y experiencia profesional.
8. Descripción
detallada de la finalidad y usos:
a) Finalidad:
Archivar la documentación
generada por el fomento de la profesionalización de las
labores de Coordinador en las obras de Construcción de
la Comunidad de Madrid, impulsando la presencia de Coordinadores
cualificados que apliquen los principios generales de prevención
y contribuyan a mejorar las condiciones de seguridad y salud en
las obras y a reducir los accidentes laborales en la Construcción.
b) Usos:
Se podrá
facilitar la siguiente información a empresas y particulares:
Nombre y apellidos.
Teléfono de contacto.
Domicilio.
Datos académicos y profesionales.
9. Personas o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos
de carácter personal: Técnicos competentes para
desarrollar funciones de Coordinador en materia de seguridad y
salud en las obras de Construcción.
10. Carácter
voluntario u obligatorio de la. cesión de los datos del
afectado a la Comunidad de Madrid: Voluntario.
11. Procedencia
y procedimiento de recogida de datos: El técnico interesado
y a través del Registro Público.
12. órganos
o entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando
de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales
de datos: Ninguna.
(01/3.063/99)
Para más
información
http://www.madrid.org/ctrabajo/irsst/
Registro de coordinadores de seguridad y salud
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Abierta Inicio: 01 enero 2004 | Fin:
Referencia
2217
Descripción
Crear un registro donde se integran los técnicos competentes
para desarrollar funciones de coordinación de acuerdo con
el Real Decreto 1627/1997.
Requisitos
- Solo pueden registrarse:
Ingenieros Superiores e ingenieros técnicos.
Arquitectos Superiores y arquitectos técnicos.
Aparejadores.
Documentación
Instancia que se recoge en el Servicio de Seguridad en el Trabajo
e Higiene Industrial, adjuntando justificación del:
- Dni.
- Título que le acredita como técnico.
- Acreditación de los méritos que se expone en
la instancia.
Plazo de solicitud de la convocatoria
Horario: De lunes a viernes de 9:00 h. a 14:00 h.
Destinatario
Técnicos de la construcción.
Presentación de solicitudes
* Recogida de solicitud:
Servicio de Seguridad en el Trabajo e Higiene Industrial
Información complementaria
Registrar a los técnicos competentes para desarrollar
funciones de coordinación.
Referencia Legal Normativa
* Decreto 33/1999, de 25 de febrero, por el que se crean el
Registro y el fichero manual y el fichero automatizado de datos
de carácter personal de técnicos competentes para
desarrollar funciones de coordinador en materia de seguridad y
salud en las obras de Construcción de la Comunidad de Madrid,
( BOCM nº 83, de 9 de abril )
Teléfono
91.420.57.68
Dirección
C/ Ventura Rodríguez, 7. 2ª planta.
Fecha de inicio de presentación
01 enero 2004
Dependencia jerárquica
Consejería de Empleo y Mujer
Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST)
Seguridad en el Trabajo e Higiene Industrial |