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Registro de coordinadores de seguridad y salud en Madrid DECRETO 33/1999,

 

DECRETO 33/1999, de 25 de febrero, por el que se crean el Registro y el fichero manual y el fichero automatizado de Coordinadores de Seguridad y Salud.

DECRETO 33/1999, de 25 de febrero, por el que se crean el Registro y el fichero manual y el fichero automatizado de datos de carácter personal de técnicos competentes para desarrollar. funciones de coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción de la Comunidad de Madrid.

El Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, determina el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de trabajo. asignando, entre ellas, las competencias atribuidas a la autoridad laboral en el campo de la Prevención de Riesgos Laborables.

Asimismo, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece la legislación básica en esta materia que resulta aplicable en todo el territorio nacional. De acuerdo con el artículo 6 de dicha Ley, las normas reglamentarias han de concretar los aspectos más técnicos de las medidas preventivas, encontrándose entre ellas las destinadas a garantizar la seguridad y salud en las obras de Construcción. Por ello, el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, ha venido a establecer las disposiciones mínimas de seguridad y salud en dichas obras, determinando al tiempo las obligaciones de los sujetos en ellas intervinientes, tales como el promotor, el proyectista, el contratista, el subcontratista y los trabajadores autónomos.

El citado Reglamento ha venido a trasponer al Derecho Español la Directiva 92/57/CEE, de 24 de junio, sobre Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud que deben aplicarse en las obras de construcción temporales o móviles, al tiempo que introduce la figura del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto y la ejecución de la obra.

Dicho Coordinador es el técnico competente designado por el promotor e integrado en la dirección facultativa, encargado de coordinar la aplicación de los principios de acción preventiva, tanto en la fase de proyecto, como durante la ejecución de la obra, respondiendo de la organización, control y planificación de los trabajos, aprobando el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y desarrollando las funciones establecidas en el artículo 9 y concordantes del Real Decreto 1627/1997.

La Comunidad de Madrid ha considerado las peculiaridades propias del Sector Construcción, su ritmo incesante de crecimiento así como el papel primordial que los Coordinadores en fase de proyecto y de ejecución de obra ostentan para la salvaguarda de la seguridad en las obras, entendiendo imprescindible su presencia de cara a garantizar la efectiva aplicación de los principios generales de prevención recogidos en el artículo 15 de la Ley 31/1995.

Por ello, ha considerado conveniente la creación de un Registro público de carácter administrativo dependiente de la Dirección General de Trabajo y Empleo de la Consejería de Economía y Empleo, en el que se incluye toda la información relevante sobre las personas que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.1 e) y f) del Real Decreto 1627/1997, se consideran como técnicos competentes y cualificados para ejercer las funciones propias de Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción de la Comunidad de Madrid.

Dada la necesidad de adecuar el citado Registro a las previsiones de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal y de la Ley 13/1995, de 21 de abril. de Regulación del Uso de la Informática en el Tratamiento de Datos Personales por la Comunidad de Madrid, es preciso establecer normas reguladoras para la creación de los ficheros que contengan los datos de carácter personal (identificativos, académicos y profesionales) relativos a tales técnicos competentes para desarrollar funciones de coordinación.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, y en virtud de lo establecido en el artículo 12.4 de la Ley 13/ 1995, de 21 de abril, el presente Decreto ha sido informado por la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid tiene competencias exclusivas en lo que se refiere a su autoorganización, conforme a lo previsto en el artículo 26.1.1 de su Estatuto de Autonomía. Ley 3/1993, de 25 de febrero, modificado por la Ley Orgánica 511998, de 7 de julio, así como competencias ejecutivas en materia laboral, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.1.12 del mismo.

En virtud de todo lo anterior, y a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en su reunión del día 25 de febrero de 1999.

DISPONGO

Artículo 1

Adscripción y Ámbito de aplicación

1. Se crea el Registro de técnicos competentes para desarrollar funciones de Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción de la Comunidad de Madrid, adscrito a la Dirección General de Trabajo y Empleo de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid.

2. En este Registro administrativo de carácter público, se inscribirán las personas cualificadas que pretendan desarrollar actividades de Coordinador en las obras de Construcción promovidas por entidades públicas o privadas de la Comunidad de Madrid.

3. Los promotores podrán acudir, en Madrid, a este Registro, residenciado en el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, para la designación de Coordinadores en las obras incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción, siempre que ello sea preceptivo de acuerdo al citado Real Decreto, pudiendo ser uno sólo el Coordinador en ambas fases de la obra.

Artículo 2

Libro de Inscripción

1. El Registro de técnicos competentes para desarrollar funciones de Coordinador en materia de seguridad y salud de las obras de Construcción contará con un Libro de Inscripción cuyo contenido será público y que se llevará por el sistema de hojas cambiables o por el procedimiento informático que lo sustituya. La extensión de los asientos se llevará de forma sucinta y, en todo caso, contendrá:

El nombre y dos apellidos, D.N.I., domicilio y teléfono, titulación académica, descripción de formación en prevención de riesgos laborales y en coordinación en materia de seguridad y salud, experiencia profesional en actividades propias del Coordinador en las obras y estudios y planes de seguridad y salud realizados.

Esta experiencia quedará consignada a través de la relación de obras en las que el técnico haya intervenido, especificando aquellas en que ha finalizado su función, con independencia de que las mismas continúen en desarrollo.

2. Las inscripciones en el Registro se practicarán a instancia de persona interesada a través de la presentación en el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo del modelo de solicitud que se adjunta como anexo.

3. En aquellos casos en que con ocasión de la recepción de. los avisos previos a que se refiere el artículo 18 del Real Decreto 1627/1997, el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo compruebe que las personas consignadas en ellos como Coordinadores en materia de seguridad y salud no se encuentran registrada, notificará este particular a promotor y técnico interesados, a los efectos oportunos.

4. Las certificaciones del contenido del Libro de Inscripción sólo podrán versar sobre cuestiones relacionadas con la persona del técnico en su consideración de Coordinador en materia de seguridad y salud.

5. El técnico competente para desarrollar funciones de Coordinador en obra, deberá comunicar al Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo las modificaciones producidas sobre los datos inscritos. Asimismo, podrá solicitar la baja en el Registro, lo que llevará aparejada la cancelación de la inscripción y el cierre de la hoja registra¡, practicándose el asiento que al efecto correspondiere.

6. La información recogida en el Registro estará sujeta a las estipulaciones contenidas en la Ley 13/1995, de 21 de abril, modificada por la Ley 13/1997, de 16 de junio, reguladora del uso de la informática y el tratamiento de datos personales por la Comunidad de Madrid.

7. Los datos que mediante la solicitud de inscripción que se adjunta como anexo se recojan, se tratarán informáticamente y se archivarán con el consentimiento del técnico competente que, como Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción, los aporta. Dicho técnico asume de este modo que tales datos pueden ser puestos a disposición de las personas físicas o jurídicas interesadas que lo requieran.

Artículo 3

Creación de los ficheros

Se crean el fichero manual y el fichero automatizado de datos de carácter personal de técnicos competentes para desarrollar funciones de Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de construcción de la Comunidad de Madrid, en la Dirección General de Trabajo y Empleo de la Consejería de Economía y

Empleo, que se relacionan en Anexo al presente Decreto. La creación de los ficheros se ajusta a los términos y condiciones fijadas en la Ley 13/1995, de 21 de abril, de regulación del uso de informática en el tratamiento de datos personales de la Comunidad de Madrid.

Artículo 4

Tratamiento de los datos de carácter personal

Los datos personales incorporados a los ficheros se tratarán informáticamente y se registrarán con el consentimiento del técnico interesado en aportarlos mediante solicitud de inscripción en el Registro tramitada al efecto. De este modo, el técnico asume que tales datos pueden ser puestos a disposición de las personas físicas o jurídicas interesadas que lo requieran.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Se autoriza al Consejero de Economía y Empleo a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de febrero de 1999.

ANEXO I

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 13/1995, de 21 de abril, solicito mi inscripción en e1 Registro de técnicos competentes para desarrollar funciones de Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras. de Construcción de la Comunidad de Madrid.

DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO

Nombre ...................………….............................. Apellidos ……….…………………………………………

D.N.I. ………………………………………… (adjuntar fotocopia compulsada)

Calle, avenida, paseo o plaza: …………………….……………………….., Código postal: ………………..

Localidad:……………………………………………….Teléfono de contacto: …………..……………………

DATOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES

- Titulación académica: …………………………………………………………………………………………

- Formación en prevención de riesgos laborales (nivel, especialidad/es): ………………………………..

- Formación y experiencia como Coordinador en .materia de seguridad y salud. en obras de Construcción (relación de obras de la Comunidad de Madrid) ..................................................…….......

- Número de estudios y planes de seguridad y salud realizados: …………………………………………..

Los datos que mediante la presente solicitud de inscripción se recogen, se tratarán informáticamente y se archivarán con el consentimiento del técnico que los aporta, quien asume que los mismos pueden ser puestos a disposición de las personas físicas o jurídicas interesadas que lo requieran.

En Madrid, a ……….. de …………………………………………. de 1999

Fdo.: ……………………………………………………….

Los datos que se recogen, se tratarán informáticamente o se archivarán con el consentimiento del ciudadano, quien tiene derecho a decidir quién puede tener sus datos, para qué los usa, solicitar que los mismos sean exactos y que se utilicen para el fin que se recogen, con las excepciones contempladas en la legislación vigente.

ANEXO II

FICHERO MANUAL DE TÉCNICOS COMPETENTES

PARA DESARROLLAR FUNCIONES DE COORDINADOR

EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS

DE CONSTRUCCIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID

1. Organo responsable del fichero: Dirección General de Trabajo y Empleo.

2. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

3. Nombre y descripción del fichero: Técnicos competentes para desarrollar funciones de Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción de la Comunidad de Madrid. Contener la documentación generada por el fomento de la actuación de la figura del Coordinador en materia de seguridad y salud nacida al amparó del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de Construcción.

4. Carácter automatizado o manual estructurado del fichero, según criterios específicos referidos a las personas, que permite acceder fácilmente a los datos de carácter personal de que se trate: Manual.

5. Sistema de Información al que pertenece.

6. Plazo de cancelación de los datos de carácter, personal: La cancelación de datos procederá cuando así lo soliciten los interesados y serán actualizados, al menos, anualmente.

7. Datos de carácter personal a incluir: Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, D.N.I., domicilio y teléfono. Datos académicos y profesionales: Formación, titulaciones y experiencia profesional..

8. Descripción detallada de la finalidad y usos:

a) Finalidad:

Archivar la documentación generada por el fomento de la profesionalización de las labores de Coordinador en las obras de Construcción de la Comunidad de Madrid, impulsando la presencia de Coordinadores cualificados que apliquen los principios generales de prevención y contribuyan a mejorar las condiciones de seguridad y salud en las obras y a reducir los accidentes laborales en la Construcción.

b) Usos:

Se podrá facilitar la siguiente información a empresas y particulares:

Nombre y apellidos.
Teléfono de contacto.
Domicilio.
Datos académicos y profesionales.
9. Personas o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal: Técnicos competentes para desarrollar funciones de Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción.

10. Carácter voluntario u obligatorio de la cesión de los datos del afectado a la Comunidad de Madrid: Voluntario.

11. Procedencia y procedimiento de recogida de datos: El técnico interesado y a través del Registro Público.

12. Órganos o entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales de datos: Ninguna.

FICHERO AUTOMATIZADO DE TÉCNICOS COMPETENTES

PARA DESARROLLAR FUNCIONES DE COORDINADOR

EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS

DE CONSTRUCCIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID

1. Organo responsable del fichero: Dirección General de Trabajo y Empleo.

2. Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

3. Nombre y descripción del fichero: Técnicos competentes para desarrollar funciones de Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción de la Comunidad de Madrid. Contener la documentación generada por el fomento de la actuación de la figura del Coordinador en materia de seguridad y salud nacida al amparo del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de Construcción. '

4. Carácter automatizado o manual estructurado del fichero, según criterios específicos referidos a las personas,. que permite acceder fácilmente a los datos de carácter personal de que se trate: Automatizado.

5. Sistema de Información al que pertenece: Conscoor.

6. Plazo de cancelación de los datos de carácter personal: La cancelación de datos procederá cuando así lo soliciten los interesados y serán actualizados, al menos, anualmente.

7. Datos de carácter personal a. incluir: Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, D.N.I., domicilio y teléfono. Datos académicos y profesionales: Formación, titulaciones Y experiencia profesional.

8. Descripción detallada de la finalidad y usos:

a) Finalidad:

Archivar la documentación generada por el fomento de la profesionalización de las labores de Coordinador en las obras de Construcción de la Comunidad de Madrid, impulsando la presencia de Coordinadores cualificados que apliquen los principios generales de prevención y contribuyan a mejorar las condiciones de seguridad y salud en las obras y a reducir los accidentes laborales en la Construcción.

b) Usos:

Se podrá facilitar la siguiente información a empresas y particulares:

Nombre y apellidos.
Teléfono de contacto.
Domicilio.
Datos académicos y profesionales.
9. Personas o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal: Técnicos competentes para desarrollar funciones de Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción.

10. Carácter voluntario u obligatorio de la. cesión de los datos del afectado a la Comunidad de Madrid: Voluntario.

11. Procedencia y procedimiento de recogida de datos: El técnico interesado y a través del Registro Público.

12. órganos o entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales de datos: Ninguna.

(01/3.063/99)

Para más información

http://www.madrid.org/ctrabajo/irsst/


Registro de coordinadores de seguridad y salud
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Abierta Inicio: 01 enero 2004 | Fin:

Referencia
2217

Descripción

Crear un registro donde se integran los técnicos competentes para desarrollar funciones de coordinación de acuerdo con el Real Decreto 1627/1997.

Requisitos

- Solo pueden registrarse:

Ingenieros Superiores e ingenieros técnicos.

Arquitectos Superiores y arquitectos técnicos.

Aparejadores.

Documentación

Instancia que se recoge en el Servicio de Seguridad en el Trabajo e Higiene Industrial, adjuntando justificación del:

- Dni.

- Título que le acredita como técnico.

- Acreditación de los méritos que se expone en la instancia.

Plazo de solicitud de la convocatoria
Horario: De lunes a viernes de 9:00 h. a 14:00 h.

Destinatario

Técnicos de la construcción.

Presentación de solicitudes

* Recogida de solicitud:
Servicio de Seguridad en el Trabajo e Higiene Industrial

Información complementaria

Registrar a los técnicos competentes para desarrollar funciones de coordinación.

Referencia Legal Normativa

* Decreto 33/1999, de 25 de febrero, por el que se crean el Registro y el fichero manual y el fichero automatizado de datos de carácter personal de técnicos competentes para desarrollar funciones de coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción de la Comunidad de Madrid, ( BOCM nº 83, de 9 de abril )

Teléfono

91.420.57.68

Dirección

C/ Ventura Rodríguez, 7. 2ª planta.

Fecha de inicio de presentación
01 enero 2004

Dependencia jerárquica

Consejería de Empleo y Mujer
Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST)
Seguridad en el Trabajo e Higiene Industrial