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El
coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución
de la obra deberá desarrollar las siguientes funciones:
Coordinar la aplicación
de los principios generales de prevención y de seguridad:
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Al tomar las decisiones técnicas y de organización
con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo
que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente.
-
Al estimar la duración requerida para la ejecución
de estos distintos trabajos o fases de trabajo.
Coordinar las actividades
de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso,
los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen
de manera coherente y responsable los principios de la acción
preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución
de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que
se refiere el artículo 10 del Real Decreto 1627..
Aprobar el plan
de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso,
las modificaciones introducidas en el mismo. La dirección
facultativa asumirá esta función cuando no fuera
necesaria la designación de coordinador.
Organizar la coordinación
de actividades empresariales prevista en el artículo 24
de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Coordinar las acciones
y funciones de control de la aplicación correcta de los
métodos de trabajo.
Adoptar las medidas
necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan
acceder a la obra. La dirección facultativa asumirá
esta función cuando no fuera necesaria la designación
de coordinador.
Artículo
10 R.D 1627. Principios generales aplicables durante la ejecución
de la obra.
De conformidad
con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los principios
de la acción preventiva que se recogen en su artículo
15 se aplicarán durante la ejecución de la obra
y, en particular, en las siguientes tareas o actividades:
El mantenimiento
de la obra en buen estado de orden y limpieza.
La elección
del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo
en cuenta sus condiciones de acceso, y la determinación
de las vías o zonas de desplazamiento o circulación.
La manipulación
de los distintos materiales y la utilización de los medios
auxiliares.
El mantenimiento,
el control previo a la puesta en servicio y el control periódico
de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución
de la obra, con objeto de corregir los defectos que pudieran afectar
a la seguridad y salud de los trabajadores.
La delimitación
y el acondicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito
de los distintos materiales, en particular si se trata de materias
o sustancias peligrosas.
La recogida de los
materiales peligrosos utilizados.
El almacenamiento
y la eliminación o evacuación de residuos y escombros.
La adaptación,
en función de la evolución de la obra, del período
de tiempo efectivo que habrá de dedicarse a los distintos
trabajos o fases de trabajo.
La cooperación
entre los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
Las interacciones
e incompatibilidades con cualquier otro tipo de trabajo o actividad
que se realice en la obra o cerca del lugar de la obra.
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