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Me
gustaria saber si es obligatorio que los recursos preventivos
esten definidos en el Plan de Seguridad y Salud (incluyendo personas
que desempeñaran dichas funciones), incluso si debe estar
presupuestado.
Entre los trabajadores que hay en una obra,
¿Qué personas pueden asumir estas funciones? (p.e.
¿los encargados pueden asumirlas?)
Muchas Gracias.
Puede responder
a través del siguiente
correo,
Hola,
Respecto el contenido del plan de seguridad, lo obligatorio es
lo recogido en el R.D 1627, y ya que ahí no dice nada de
recursos, se considera no obligatorio.
Las personas con capacidad para ser recurso preventivo lo indica
en la ley de prevención (pagina principal de la web).
El encargo si posse formación en seguridad laboral puede
ser recurso preventivo.
Un cordial saludo,
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