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estudio de seguridad y salud de una determinada obra es un documento
coherente con el proyecto, que formando parte del mismo y partiendo
de todos los elementos proyectados y de unas hipótesis
de ejecución (incluidos los previsibles trabajos posteriores),
contiene las medidas de prevención y protección
técnica necesarias para la realización de la obra
en condiciones de seguridad y salud.
En este sentido
el estudio deberá contemplar la totalidad de las actividades
que se prevea realizar en la obra incluidas aquellas para las
que administrativamente se exija un proyecto específico,
una memoria valorada o cualquier otro documento de similares características.
Por ejemplo: instalación
de grúa, montaje e instalación de andamios, instalación
eléctrica de la obra, etc.
No obstante todo lo anterior, existen determinadas obras en las
que su especial envergadura y complejidad puede conllevar una
inicial indefinición de la naturaleza y técnicas
constructivas de algunos de los trabajos a realizar (como por
ejemplo la construcción de una central de producción
de energía eléctrica), y por tanto, el proyecto
inicial de las mismas no dispone de la información necesaria
que permita, en esa fase del proceso, la realización detallada
del estudio de seguridad y salud de toda la obra. Consecuentemente,
en estos casos, los requisitos de documentación se cumplimentarán
tomando como base la información disponible e incluyendo,
cuando ésta no sea completa, los criterios y procedimientos
de organización, coordinación, seguimiento y control
que permitan, en cada fase de la obra, establecer de forma concreta
y cuantificada las medidas de prevención y protección
requeridas para el desarrollo de los distintos trabajos.
El estudio de seguridad
y salud junto con el proyecto son elementos esenciales y punto
de partida para la planificación preventiva de la obra.
Para dotar al estudio de seguridad y salud de su carácter
preventivo en relación con el proyecto del que forma parte
hay que tener presentes, entre otras, las siguientes premisas:
• El proyecto
integra la prevención en su origen mediante la aplicación
del artículo 15 de la LPRL.
• El proyecto define cómo ha de realizarse la obra
(incluidos los medios técnicos y los materiales a utilizar)
y establece un plan de ejecución para la misma.
Por lo tanto, y
dado que el estudio de seguridad y salud debe contemplar los dos
aspectos anteriores( realización y ejecución), se
recomienda que ambos documentos (proyecto y estudio) se elaboren
simultáneamente para conseguir la coherencia de los aspectos
preventivos entre ellos.
El estudio de seguridad y salud será elaborado por el técnico
competente designado por el promotor. Cuando deba existir un coordinador
en materia de seguridad y salud durante la elaboración
del proyecto de obra, le corresponderá a éste elaborar
o hacer que se elabore, bajo su responsabilidad, dicho estudio.
Dicho estudio deberá formar parte
del proyecto de ejecución de obra o, en su caso, del proyecto
de obra, ser coherente con el contenido del mismo y recoger las
medidas preventivas adecuadas a los riesgos que conlleve la realización
de la obra.
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