MT
5. Calzado de seguridad contra riesgos mecánicos
B. O. E. Nº 37 de 12-2-80
Tipos
De acuerdo con la región a cubrir y la forma del calzado,
éste puede dividirse en los tipos siguientes:
Bota:
Cuando cubra al menos el pie y el tobillo.
Zapato:
Cuando cubra totalmente el pie.
Sandalia:
Cuando cubra parcialmente el pie.
Clasificación
Para cada tipo, el calzado de seguridad contra riesgos mecánicos
se clasifica como sigue:
Clase
I: Calzado provisto de puntera de seguridad.
Clase
II: Calzado provisto de plantilla o suela de seguridad.
Clase
III: Calzado provisto de puntera y plantilla o suela de seguridad.
Observaciones
En las clases I y III, se distinguen dos grados, de acuerdo con
la luz libre determinada en las pruebas de resistencia al impacto:
Grado
A: Luz libre mínima, superior a 18 mm.
Grado
B: Luz libre mínima, comprendida entre 15 mm. y 18 mm.,
ambos inclusive.
Distancia
mínima entre la plantilla y el punto central interno del
arco posterior de la puntera de seguridad.
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