| Un juez ha inhabilitado
durante cuatro años a un arquitecto por la muerte de un
obrero durante la demolición de un edificio en el centro
de Alicante. El magistrado le ha impuesto además, un año
y medio de prisión y 1.080 euros de multa. La Fiscalía
solicitó también la condena de la empresaria que
promovió las obras, pero el magistrado la ha absuelto porque
delegó la responsabilidad de la seguridad en el arquitecto.
En el accidente también resultó herido muy grave
otro obrero. Los dos trabajadores se precipitaron desde una altura
de tres pisos y arrastraron en su caída toneladas de cascotes.
El accidente sucedió el 11 de septiembre de 2000 en la
calle Reyes Católicos de Alicante.
El titular del juzgado de lo Penal nº2 ha llegado a la conclusión
de que el arquitecto es responsable de los delitos de homicidio
por imprudencia, lesiones y contra los derechos de los trabajadores
por no hacer un buen plan de riesgos laborales ni facilitar a
los obreros los medios de prevención necesarios. El magistrado
entiende que el arquitecto estaba legalmente obligado a facilitar
esos medios «a pesar de no ser el empresario».
El imputado tenía a su cargo la dirección
técnica de la obra y la coordinación en materia
de seguridad, y realizó el proyecto de demolición
y el estudio básico de seguridad. El juez considera que
el proyecto de prevención de riesgos «era demasiado
genérico».
El suceso se produjo cuando los dos trabajadores se encontraban
en el interior del edificio realizando tareas de demolición.
Los obreros tenían cinturones de seguridad. Sin embargo,
las vigas del edificio no habían sido apuntaladas para
evitar un eventual derrumbe. Tampoco se había instalado
el sistema denominado «línea de vida» que consiste
en la colocación de un cable tenso por encima de la cabeza
de los obreros al que permanecen unidos por medio de un cable.
Los dos operarios cayeron al romperse los amarres de sujeción
de sus cinturones de seguridad.
13/06/2005 - Levante |